Sección 27 · Deterioro del Valor de los Activos

Párrafo 27.1 Objetivo y alcance

Una pérdida por deterioro de valor tiene lugar cuando el importe en libros de un activo supera su importe recuperable. Esta sección se aplicará a la contabilización de los deterioros de valor de todos los activos distintos de los siguientes, para los que establecen requerimientos de deterioro de valor otras secciones de esta Norma: (a) activos por impuestos diferidos (véase la Sección 29 Impuesto a las Ganancias); (b) activos procedentes de beneficios a los empleados (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados); (c) activos financieros que estén dentro del alcance de la Sección 11 Instrumentos Financieros Básicos o la Sección 12 Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros; (d) propiedades de inversión medidas al valor razonable (véase la Sección 16 Propiedades de Inversión); (e) activos biológicos relacionados con la actividad agrícola, medidos a su valor razonable menos los costos estimados de venta (véase la Sección 34 Actividades Especializadas); y (f) activos que surgen de contratos de construcción (véase la Sección 23 Ingresos de Actividades Ordinarias).

NIIF para las Pymes, sección 27, párrafo 27.1. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 99 del documento de origen .

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