Sección 26 · Pagos basados en Acciones
Párrafo 26.13 Cancelaciones y liquidaciones
Una entidad contabilizará la cancelación o la liquidación de los incentivos con pagos basados en acciones que se liquiden con instrumentos de patrimonio como una aceleración de la consolidación (irrevocabilidad) de la concesión y, por tanto, reconocerá inmediatamente el importe que, en otro caso, habría reconocido por los servicios recibidos a lo largo del periodo de consolidación (irrevocabilidad) de la concesión restante.
NIIF para las Pymes, sección 26, párrafo 26.13. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 98 del documento de origen .