Sección 20 · Arrendamientos

Párrafo 20.33 Venta con arrendamiento posterior que da lugar a un arrendamiento financiero

Si una venta con arrendamiento posterior da lugar a un arrendamiento financiero, el arrendatario vendedor no reconocerá inmediatamente como ingreso cualquier exceso del producto de la venta sobre el importe en libros. En su lugar, el arrendatario vendedor diferirá este exceso y lo amortizará a lo largo del plazo del arrendamiento.

NIIF para las Pymes, sección 20, párrafo 20.33. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 72 del documento de origen .

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