Sección 20 · Arrendamientos
Párrafo 20.17 Reconocimiento inicial y medición
Un arrendador reconocerá en su estado de situación financiera los activos que mantengan en arrendamiento financiero y los presentarán como una partida por cobrar, por un importe igual al de la inversión neta en el arrendamiento. La inversión neta en el arrendamiento es la inversión bruta en el arrendamiento del arrendador descontada a la tasa de interés implícita en el arrendamiento. La inversión bruta en el arrendamiento es la suma de: (a) los pagos mínimos a recibir por el arrendador bajo un arrendamiento financiero; y (b) cualquier valor residual no garantizado que corresponda al arrendador.
NIIF para las Pymes, sección 20, párrafo 20.17. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 70 del documento de origen .