Sección 20 · Arrendamientos
Párrafo 20.11 Medición posterior
Un arrendatario repartirá los pagos mínimos del arrendamiento entre las cargas financieras y la reducción de la deuda pendiente utilizando el método del interés efectivo (véanse los párrafos 11.15 a 11.20). El arrendatario distribuirá la carga financiera a cada periodo a lo largo del plazo del arrendamiento, de manera que se obtenga una tasa de interés constante, en cada periodo, sobre el saldo de la deuda pendiente de amortizar. Un arrendatario cargará las cuotas contingentes como gastos en los periodos en los que se incurran.
NIIF para las Pymes, sección 20, párrafo 20.11. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 69 del documento de origen .