Sección 2 · Conceptos y Principios Fundamentales
Párrafo 2.21 Pasivos
La cancelación de una obligación presente implica habitualmente el pago de efectivo, la transferencia de otros activos, la prestación de servicios, la sustitución de esa obligación por otra o la conversión de la obligación en patrimonio. Una obligación puede cancelarse también por otros medios, tales como la renuncia o la pérdida de los derechos por parte del acreedor.
NIIF para las Pymes, sección 2, párrafo 2.21. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 5 del documento de origen .