Sección 17 · Propiedades, Planta y Equipo

Párrafo 17.28 Baja en cuentas

Una entidad reconocerá la ganancia o pérdida por la baja en cuentas de un elemento de propiedades, planta y equipo en el resultado del periodo en que el elemento sea dado de baja en cuentas (a menos que la Sección 20 Arrendamientos requiera otra cosa en caso de venta con arrendamiento posterior). La entidad no clasificará estas ganancias como ingresos de actividades ordinarias.

NIIF para las Pymes, sección 17, párrafo 17.28. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 59 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Baja en cuentas»

Toda la Sección 17 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.