Sección 17 · Propiedades, Planta y Equipo

Párrafo 17.15D Modelo de revaluación

Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del periodo. Sin embargo, la disminución se reconocerá en otro resultado integral en la medida en que existiera saldo acreedor en el superávit de revaluación en relación con ese activo. La disminución reconocida en otro resultado integral reduce el importe acumulado en el patrimonio contra la cuenta de superávit de revaluación.

NIIF para las Pymes, sección 17, párrafo 17.15D. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 58 del documento de origen .

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