Sección 16 · Propiedades de Inversión

Párrafo 16.3 Definición y reconocimiento inicial de las propiedades de inversión

Una participación en una propiedad, que se mantenga por un arrendatario dentro de un acuerdo de arrendamiento operativo, se podrá clasificar y contabilizar como propiedad de inversión utilizando esta sección si, y solo si, la propiedad cumpliese, de otra forma, la definición de propiedades de inversión, y el arrendatario pudiera medir el valor razonable participación en la propiedad sin costo o esfuerzo desproporcionado, en un contexto de negocio en marcha. Esta clasificación alternativa estará disponible para cada una de las propiedades por separado.

NIIF para las Pymes, sección 16, párrafo 16.3. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 54 del documento de origen .

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