NIIF 8 · Segmentos de Operación

Párrafo 11 Segmentos sobre los que debe informarse

Una entidad revelará por separado información sobre cada uno de los segmentos de operación que: (a) se haya identificado de conformidad con los párrafos 5 a 10 o resulte de la agregación de dos o más de esos segmentos de acuerdo con lo señalado en el párrafo 12, y (b) exceda de los umbrales cuantitativos fijados en el párrafo 13. Los párrafos 14 a 19 especifican otras situaciones en las que se presentará información separada sobre un segmento de operación.

Norma Internacional de Información Financiera 8, párrafo 11. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 493 del documento de origen .

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