NIIF 4 · Contratos de Seguro
Párrafo 47 Exención temporal de la NIIF 9
Una entidad que revela la información requerida por los párrafos 39B a 39J utilizará las disposiciones de transición a la NIIF 9 que son relevantes para realizar las evaluaciones requeridas para esa información a revelar. La fecha de la aplicación inicial para ese propósito se considerará que es el comienzo del primer periodo anual que comience a partir del 1 de enero de 2018.
Norma Internacional de Información Financiera 4, párrafo 47. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 438 del documento de origen .