NIIF 3 · Combinaciones de Negocios
Párrafo B27 Ganancias por acción
La ganancia por acción básica para cada ejercicio comparativo previo a la fecha de la adquisición presentada en los estados consolidados posteriores a una adquisición inversa deberá calcularse dividiendo: (a) el resultado de la adquirida legal atribuible a los accionistas ordinarios en cada uno de esos periodos por (b) el promedio ponderado histórico del número de acciones ordinarias en circulación de la adquirida legal multiplicado por el ratio de intercambio establecido en el acuerdo de adquisición.
Norma Internacional de Información Financiera 3, párrafo B27. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 413 del documento de origen .