NIIF 3 · Combinaciones de Negocios
Párrafo B18 Identificación de la adquirente (aplicación de los párrafos 6 y 7)
Una nueva entidad constituida para efectuar una combinación de negocios no es necesariamente la adquirente. Cuando se constituya una nueva entidad para emitir participaciones en el patrimonio para llevar a cabo una combinación de negocios, deberá identificarse como la adquirente a una de las entidades que se combinan que existiera antes de la combinación, aplicando las guías de los párrafos B13 a B17. Por el contrario, la adquirente puede ser una nueva entidad que transfiera efectivo u otros activos o incurra en pasivos como contraprestación.
Norma Internacional de Información Financiera 3, párrafo B18. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 411 del documento de origen .