NIIF 3 · Combinaciones de Negocios
Párrafo 25 Impuesto a las ganancias
La adquirente contabilizará los efectos fiscales potenciales de las diferencias temporarias y de las compensaciones tributarias de una adquirida que existan en la fecha de la adquisición y que surjan como resultado de ésta de acuerdo con la NIC 12.
Norma Internacional de Información Financiera 3, párrafo 25. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 398 del documento de origen .