NIIF 3 · Combinaciones de Negocios

Párrafo 25 Impuesto a las ganancias

La adquirente contabilizará los efectos fiscales potenciales de las diferencias temporarias y de las compensaciones tributarias de una adquirida que existan en la fecha de la adquisición y que surjan como resultado de ésta de acuerdo con la NIC 12.

Norma Internacional de Información Financiera 3, párrafo 25. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 398 del documento de origen .

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