NIIF 3 · Combinaciones de Negocios
Párrafo 21 Excepciones a los principios de reconocimiento o medición
Esta NIIF proporciona excepciones limitadas a sus principios de reconocimiento y medición. Los párrafos 22 a 31 especifican tanto las partidas concretas para las que se establecen excepciones como la naturaleza de éstas. La adquirente contabilizará esas partidas aplicando los requerimientos de los párrafos 22 a 31, lo que hará que algunas partidas sean: (a) contabilizadas ya sea aplicando condiciones de reconocimiento adicionales a las de los párrafos 11 y 12 o aplicando los requerimientos de otras NIIF, lo que dará resultados diferentes a los obtenidos mediante la aplicación de las condiciones y del principio de reconocimiento. (b) medidas por importes distintos de sus valores razonables a la fecha de adquisición.
Norma Internacional de Información Financiera 3, párrafo 21. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 397 del documento de origen .