NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo B60 Transferencias de empleados entre entidades del grupo
Si la subsidiaria tiene la obligación de liquidar la transacción con sus empleados en instrumentos de patrimonio de su controladora, contabilizará la transacción como liquidada en efectivo. Cada subsidiaria medirá los servicios recibidos sobre la base del valor razonable en la fecha de la concesión de los instrumentos de patrimonio por la proporción del periodo para la irrevocabilidad de la concesión que el empleado permaneció en cada subsidiaria. Además, cada subsidiaria reconocerá los cambios en el valor razonable de los instrumentos de patrimonio durante el periodo de servicio del empleado en cada subsidiaria.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo B60. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 394 del documento de origen .