NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones

Párrafo B49 Acuerdos de pagos basados en acciones que involucran instrumentos de patrimonio propio de una entidad

La entidad contabilizará las transacciones con pagos basados en acciones en las que recibe servicios como contraprestación de sus instrumentos de patrimonio propio como liquidadas mediante instrumentos de patrimonio. Esto se aplicará independientemente de si la entidad, por elección propia o por obligación, compra esos instrumentos de patrimonio a un tercero para cumplir sus obligaciones con sus empleados derivadas de un acuerdo con pago basado en acciones. También se aplicará con independencia de si: (a) los derechos del empleado a los instrumentos de patrimonio de la entidad se concedieron por la propia entidad o por uno o varios de sus accionistas; o (b) el acuerdo con pago basado en acciones fue liquidado por la propia entidad o por uno o varios de sus accionistas.

Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo B49. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 393 del documento de origen .

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