NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo B35 Dividendos esperados
Los modelos de valoración de opciones exigen generalmente la utilización de una tasa de rentabilidad esperada por dividendos. Sin embargo, dichos modelos pueden ser modificados para usar un importe de dividendo esperado en lugar de una tasa de rentabilidad. La entidad puede utilizar o bien la tasa de rentabilidad esperada o bien el importe de los pagos esperados. Si la entidad utiliza este último dato, deberá considerar su patrón histórico de incremento de los dividendos. Por ejemplo, si la política de la entidad ha sido, habitualmente, aumentar los dividendos aproximadamente un 3 por ciento cada año, el valor estimado de la opción no deberá asumir un importe fijo de dividendo a lo largo de la vida de la opción, a menos que exista evidencia para apoyar esa suposición.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo B35. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 390 del documento de origen .