NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo 7 Reconocimiento
Una entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones en el momento de la obtención de dichos bienes, o cuando dichos servicios sean recibidos. La entidad reconocerá el correspondiente incremento en el patrimonio, si los bienes o servicios hubiesen sido recibidos en una transacción con pagos basados en acciones que se liquide en instrumentos de patrimonio, o bien reconocerá un pasivo si los bienes o servicios hubieran sido adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones que se liquiden en efectivo.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo 7. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 371 del documento de origen .