NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo 63E Fecha de vigencia
En las Modificaciones a las Referencias al Marco Conceptual en las Normas NIIF, emitidas en 2018, se modificó la nota a pie de página de la definición de un instrumento de patrimonio, que figuraba en el Apéndice A. Una entidad aplicará esa modificación para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020. Se permite la aplicación anticipada si, al mismo tiempo, una entidad aplica también todas las demás modificaciones realizadas por Modificaciones a las Referencias al Marco Conceptual en las Normas NIIF. Una entidad aplicará la modificación a la NIIF 2 de forma retroactiva, sujeta a las disposiciones transitorias de los párrafos 53 a 59 de esta Norma, de acuerdo con la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. Sin embargo, si una entidad determina que la aplicación retroactiva fuera impracticable, o implicase costos o esfuerzos desproporcionados, aplicará la modificación a la NIIF 2 por referencia a los párrafos 23 a 28, 50 a 53 y 54F de la NIC 8.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo 63E. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 382 del documento de origen .