NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo 58 Disposiciones transitorias
Para los pasivos surgidos de transacciones con pagos basados en acciones existentes en la fecha de la entrada en vigor de esta NIIF, la entidad aplicará la NIIF retroactivamente. Para estos pasivos, la entidad reexpresará la información comparativa, incluyendo el ajuste en el saldo inicial de las ganancias (pérdidas) acumuladas del periodo más antiguo para el que se presente información, en el cual la información haya sido reexpresada, excepto cuando la entidad no venga obligada a reexpresar la información comparativa, en la medida que la información se refiera a un periodo o una fecha que sea anterior al 7 de noviembre de 2002.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo 58. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 381 del documento de origen .