NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo 33G Transacciones con pagos basados en acciones con una característica de liquidación por el neto por causa de obligaciones fiscales de retener
La entidad aplicará el párrafo 29 de esta Norma para contabilizar la retención de acciones para financiar el pago a la autoridad fiscal con respecto a la obligación fiscal del empleado asociada con el pago basado en acciones. Por ello, el pago realizado se contabilizará como una deducción del patrimonio para las acciones retenidas, excepto por la medida en que el pago supere el valor razonable en la fecha de liquidación por el neto del instrumento de patrimonio retenido.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo 33G. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 376 del documento de origen .