NIIF 15 · Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes

Párrafo B42 Opciones del cliente sobre bienes o servicios adicionales

El párrafo 74 requiere que una entidad asigne el precio de la transacción a las obligaciones de desempeño sobre la base del precio de venta independiente relativo. Si el precio de venta independiente para la opción de un cliente de adquirir bienes o servicios adicionales no es directamente observable, una entidad lo estimará. Esa estimación reflejará el descuento que el cliente obtendría al ejercer la opción, y se ajustará por los dos aspectos siguientes: (a) cualquier descuento que el cliente recibiría sin ejercer la opción; y (b) la probabilidad de que la opción sea ejercida.

Norma Internacional de Información Financiera 15, párrafo B42. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 718 del documento de origen .

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