NIIF 14 · Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas

Párrafo B2 Actividades con tarifas reguladas

Una entidad no aplicará esta Norma a actividades que se auto-regulan, es decir, actividades que no están sujetas a un marco de fijación de precios que está supervisado o aprobado por un regulador de tarifas. Esto no impide que la entidad sea elegible para aplicar esta Norma cuando: (a) el órgano de dirección propio de la entidad o una parte relacionada establece tarifas en interés de los clientes y asegura la viabilidad financiera global de la entidad dentro de un marco de fijación de precios especificado; y (b) el marco está sujeto a la supervisión o aprobación por un organismo autorizado que tiene poder por ley o regulación.

Norma Internacional de Información Financiera 14, párrafo B2. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 689 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Actividades con tarifas reguladas»

Toda la NIIF 14 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.