NIIF 14 · Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas
Párrafo 9 Exención temporal del párrafo 11 de la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
Una entidad que tiene actividades con tarifas reguladas y que queda dentro del alcance de esta Norma, y que decida implementarla, aplicará los párrafos 10 y 12 de la NIC 8 al desarrollar sus políticas contables para el reconocimiento, medición, deterioro de valor y baja en cuentas de los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas.
Norma Internacional de Información Financiera 14, párrafo 9. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 684 del documento de origen .