NIIF 12 · Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades
Párrafo 29 Naturaleza de los riesgos
Una entidad revelará en forma de tabla, a menos que otro formato sea más apropiado, un resumen de: (a) el importe en libros de los activos y pasivos reconocidos en sus estados financieros relativos a sus participaciones en entidades estructuradas no consolidadas. (b) las partidas en el estado de situación financiera en las que están reconocidos esos activos y pasivos. (c) el importe que mejor representa la exposición máxima de la entidad a pérdidas procedentes de sus participaciones en entidades estructuradas no consolidadas, incluyendo la forma en que se determina la máxima exposición a pérdidas. Si una entidad no puede cuantificar su exposición máxima a pérdidas procedentes de sus participaciones en entidades estructuradas no consolidadas, revelará ese hecho y las razones. (d) una comparación de los importes en libros de los activos y pasivos de la entidad que relacionan sus participaciones en entidades estructuradas no consolidadas y la exposición máxima de la entidad a pérdidas procedentes de esas entidades.
Norma Internacional de Información Financiera 12, párrafo 29. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 651 del documento de origen .