NIIF 12 · Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades

Párrafo 22 Naturaleza, alcance y efectos financieros de las participaciones de la entidad en acuerdos conjuntos y asociadas

Una entidad revelará también: (a) La naturaleza y alcance de las restricciones significativas (por ejemplo procedentes de acuerdos de préstamo, requerimientos regulatorios o acuerdos contractuales entre inversores con control conjunto de un negocio conjunto o una asociada o influencia significativa sobre ésta) sobre la capacidad de los negocios conjuntos o asociadas de transferir fondos a la entidad en forma de dividendos en efectivo, o reembolso de préstamos o anticipos realizados por la entidad. (b) Cuando los estados financieros de un negocio conjunto o asociada utilizados para aplicar el método de la participación están referidos a una fecha o un periodo que es diferente del de la entidad: (i) La fecha del final del periodo sobre el que se informa de los estados financieros de ese negocio conjunto o asociada; y (ii) la razón de utilizar una fecha o periodo diferente. (c) La parte no reconocida en las pérdidas de un negocio conjunto o asociada, tanto para el periodo sobre el que se informa como de forma acumulada, si la entidad ha dejado de reconocer su parte de las pérdidas de un negocio conjunto o asociada al aplicar el método de la participación.

Norma Internacional de Información Financiera 12, párrafo 22. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 649 del documento de origen .

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