NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo B85L Medición del valor razonable
Para cumplir el requerimiento del B85K(a), una entidad de inversión: (a) optaría por contabilizar cualquier propiedad de inversión utilizando el modelo del valor razonable de la NIC 40 Propiedades de Inversión; (b) optaría por la exención de aplicar el método de la participación de la NIC 28 para sus inversiones en asociadas y negocios conjuntos; y (c) mediría sus activos financieros al valor razonable utilizando los requerimientos de la NIIF 9.
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo B85L. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 621 del documento de origen .