NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo B78 Control de activos especificados
Cuando la condición del párrafo B77 se satisface, un inversor identificará las actividades que afectan significativamente a los rendimientos de la entidad considerada por separado y la forma en que se dirigen esas actividades para evaluar si tiene poder sobre esa parte de la participada. Al evaluar el control de la entidad considerada por separado, el inversor considerará también si está expuesta o tiene derechos a los rendimientos variables por su implicación en esa entidad considerada por separado y la capacidad de utilizar su poder sobre esa parte de la participada para influir en el importe de rendimientos del inversor.
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo B78. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 618 del documento de origen .