NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo B34 Derechos de voto
A menudo un inversor tiene la capacidad presente, a través de los derechos de voto o similares, para dirigir las actividades relevantes. Un inversor considerará los requerimientos de esta sección (párrafos B35 a B50) si las actividades relevantes de una participada están dirigidas a través de los derechos de voto.
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo B34. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 607 del documento de origen .