NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo 32 Entidades de inversión: excepción a la consolidación
Sin perjuicio del requerimiento del párrafo 31, si una entidad de inversión tiene una subsidiaria que no es por sí misma una entidad de inversión y cuyo principal propósito y actividades son proporcionar servicios relacionados con las actividades de inversión de la entidad de inversión (véanse los párrafos B85C a B85E), deberá consolidar esa subsidiaria de acuerdo con los párrafos 19 a 26 de esta NIIF y aplicará los requerimientos de la NIIF 3 para la adquisición de cualquier subsidiaria de este tipo.
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo 32. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 600 del documento de origen .