NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Párrafo E8 La Incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias

Una entidad que adopta por primera vez las NIIF cuya fecha de transición a las NIIF es antes del 1 de julio de 2017 puede optar por no reflejar la aplicación de la CINIIF 23 La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias en la información comparativa de sus primeros estados financieros conforme a las NIIF. Una entidad que realiza esa elección reconocerá el efecto acumulado de la aplicación de la CINIIF 23 como un ajuste al saldo de apertura de las ganancias acumuladas (u otro componente de patrimonio según proceda) al comienzo de su primer periodo sobre el que se informa conforme a las NIIF.

Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo E8. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 369 del documento de origen .

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