NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera
Párrafo D29 Hiperinflación grave
Cuando la fecha de transición de una entidad a las NIIF sea a partir de la fecha de normalización de la moneda funcional, la entidad puede optar por medir todos los activos y pasivos mantenidos antes de la fecha de normalización de la moneda funcional al valor razonable en la fecha de transición a las NIIF. La entidad puede utilizar ese valor razonable como el costo atribuido de esos activos y pasivos en el estado de situación financiera de apertura conforme a las NIIF.
Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo D29. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 368 del documento de origen .