NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Párrafo D23 Costos por préstamos

Una entidad que adopta por primera vez las NIIF puede optar por aplicar los requerimientos de la NIC 23 desde la fecha de transición o desde una fecha anterior, tal como lo permite el párrafo 28 de la NIC 23. A partir de la fecha en la que una entidad que aplica esta exención comience a aplicar la NIC 23, dicha entidad: (a) no reexpresará el componente de costo por préstamos que estaba capitalizado según PCGA anteriores y que estaba incluido en el importe en libros de los activos en esa fecha; y (b) contabilizará los costos por préstamos incurridos a partir de esa fecha de acuerdo con la NIC 23, incluyendo los costos por préstamos incurridos a partir de esa fecha por activos aptos que estén en construcción en ese momento.

Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo D23. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 367 del documento de origen .

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