NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Párrafo D17 Activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos

Sin embargo, si una entidad adopta por primera vez las NIIF después que su subsidiaria (o asociada o negocio conjunto), ésta medirá, en sus estados financieros consolidados, los activos y pasivos de la subsidiaria (o asociada o negocio conjunto) por los mismos importes en libros que figuran en los estados financieros de la subsidiaria (o asociada o negocio conjunto), después de realizar los ajustes que correspondan al consolidar o aplicar el método de la participación, así como los que se refieran a los efectos de la combinación de negocios en la que tal entidad adquirió a la subsidiaria. A pesar de este requerimiento, una controladora que no es una entidad de inversión no aplicará la excepción de consolidación que se utiliza por cualquier subsidiaria que es una entidad de inversión. De forma similar, si una controladora adopta por primera vez las NIIF en sus estados financieros separados, antes o después que en sus estados financieros consolidados, medirá sus activos y pasivos a los mismos importes en ambos estados financieros, excepto por los ajustes de consolidación.

Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo D17. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 366 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos»

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