NIER 2410 · Revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad

Párrafo 52 Limitación al alcance impuesta por la dirección

El auditor también considerará sus responsabilidades legales y reglamentarias, incluyendo si existe el requerimiento de que emita su informe. Si existe este requerimiento, el auditor denegará la conclusión (se abstendrá de concluir) y expondrá en el informe de revisión la razón por la cual no puede completarse la revisión. Sin embargo, si llega a conocimiento del auditor una cuestión que le lleve a pensar que es necesario un ajuste material a la información financiera intermedia para que esté preparada, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable, el auditor también comunica esta cuestión en el informe.

Norma Internacional de Encargos de Revisión 2410, párrafo 52. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 85 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Limitación al alcance impuesta por la dirección»

Toda la NIER 2410 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.