NIER 2410 · Revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad
Párrafo 3 Perspectiva del Sector Público
El apartado 41 contempla la responsabilidad del auditor cuando llega a su conocimiento una cuestión que le lleva a pensar en la existencia de fraude o incumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias por parte de la entidad. En el sector público, el auditor puede estar sujeto a requisitos estatutarios u otros requerimientos normativos de informar de estas cuestiones a las autoridades reguladoras u otras autoridades públicas.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2410, párrafo 3. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 87 del documento de origen .