NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS
Párrafo A63 Comunicación con la dirección y con los responsables del gobierno de la entidad (Ref: Apartado 42)
En un encargo de revisión, las comunicaciones del profesional ejerciente con la dirección y con los responsables del gobierno de la entidad pueden consistir en: (a) indagaciones del profesional ejerciente en el transcurso de la aplicación de los procedimientos de la revisión y (b) otras comunicaciones, en el contexto de una comunicación recíproca eficaz para la comprensión de las cuestiones que surgen y el desarrollo de una relación de trabajo constructiva para el encargo.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A63. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 37 del documento de origen .