NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS
Párrafo 64 Manifestaciones escritas
El profesional ejerciente denegará la conclusión (se abstendrá de concluir) sobre los estados financieros o renunciará al encargo si la renuncia es posible de acuerdo con las disposiciones legales o reglamentarias aplicables, si: (a) concluye que existen suficientes dudas sobre la integridad de la dirección como para que las manifestaciones escritas no sean fiables o (b) la dirección no facilite las manifestaciones escritas requeridas por el apartado 61. Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos 65. La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe del profesional ejerciente. Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe del profesional ejerciente.
Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo 64. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 16 del documento de origen .