NIEA 3420 · Encargos de aseguramiento para informar sobre la compilación de información financiera proforma incluida en un folleto

Párrafo A10 Aceptación del encargo

El Código de Ética del IESBA requiere que el profesional ejerciente mantenga conocimientos y aptitudes profesionales, incluidos la actualización y conocimiento de los correspondientes desarrollos técnicos, profesionales y empresariales, con el fin de proporcionar un servicio profesional competente.79 En el contexto de este requerimiento del Código de Ética del IESBA, la capacidad y competencias necesarias para la realización del encargo también incluyen cuestiones como las siguientes: • conocimiento y experiencia del sector en el que opera la entidad; • conocimiento de las disposiciones legales y reglamentarias del mercado de valores y los desarrollos relacionados; • conocimiento de los requerimientos de cotización de los mercados de valores correspondientes y de las transacciones del mercado de valores tales como fusiones, adquisiciones y ofertas de valores; • familiaridad con el proceso de preparación de un folleto y de colocación de valores en el mercado y • conocimiento de los marcos de información financiera utilizados en la preparación de las fuentes de las que se han extraído la información financiera no ajustada y, en su caso, la información financiera de los objetivos de inversión. Responsabilidades de la parte responsable (Ref: Apartado 13(g))

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3420, párrafo A10. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 198 del documento de origen .

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