NIEA 3402 · Informes de aseguramiento sobre los controles en las organizaciones de servicios

Párrafo A44 Otra información (Ref.: Apartado 42)

El Código de Ética del IESBA requiere que el auditor del servicio no se vincule con información cuando considere que la misma: (a) contiene una declaración materialmente falsa o que induce a error; (b) contiene declaraciones o información proporcionada de manera irresponsable u (c) omite u oculta información que debe ser incluida cuando dicha omisión u ocultación inducirían a error.30 Si otra información que se incluye en un documento que contiene la descripción de su sistema realizada por la organización de servicios junto con el informe de aseguramiento del auditor del servicio contiene información orientada a futuro tal como planes de recuperación o de contingencia, o planes para modificaciones al sistema que tratarán las desviaciones que se identifican en el informe de aseguramiento del auditor del servicio, o manifestaciones de carácter promocional que no pueden ser razonablemente fundamentadas, el auditor del servicio puede solicitar que dicha información sea eliminada o reformulada.

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3402, párrafo A44. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 126 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Otra información (Ref.: Apartado 42)»

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