NIC 8 · Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
Párrafo 54 Fecha de vigencia
Una entidad aplicará esta Norma para los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada. Si una entidad aplicase esta Norma en un periodo que comience antes del 1 de enero de 2005, revelará este hecho.
Norma Internacional de Contabilidad 8, párrafo 54. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 91 del documento de origen .