NIC 8 · Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
Párrafo 44 Limitaciones a la reexpresión retroactiva
Cuando sea impracticable determinar los efectos que se derivan, en cada periodo específico, de un error sobre la información comparativa de uno o más periodos anteriores para los que se presente información, la entidad reexpresará los saldos iniciales de los activos, pasivos y patrimonio para los periodos más antiguos en los cuales tal reexpresión retroactiva sea practicable (que podría también ser el propio periodo corriente).
Norma Internacional de Contabilidad 8, párrafo 44. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 89 del documento de origen .