NIC 8 · Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
Párrafo 19 Aplicación de los cambios en políticas contables
Con sujeción al párrafo 23: (a) la entidad contabilizará un cambio en una política contable derivado de la aplicación inicial de una NIIF de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas de tales NIIF, si las hubiera; y (b) cuando la entidad cambie una política contable, ya sea por la aplicación inicial de una NIIF que no incluya una disposición transitoria específica aplicable a tal cambio, o porque haya decidido cambiarla de forma voluntaria, aplicará dicho cambio retroactivamente.
Norma Internacional de Contabilidad 8, párrafo 19. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 86 del documento de origen .