NIC 40 · Propiedades de Inversión

Párrafo 55 Imposibilidad de medir el valor razonable de forma fiable

Si la entidad ha medido previamente una propiedad de inversión por su valor razonable, continuará midiéndola a valor razonable hasta que se disponga de la misma (o hasta que la propiedad sea ocupada por el propietario, o la entidad comience la transformación del mismo para venderlo en el curso ordinario de su actividad) aunque las transacciones comparables en el mercado se hicieran menos frecuentes, o bien los precios de mercado estuvieran disponibles menos fácilmente.

Norma Internacional de Contabilidad 40, párrafo 55. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 335 del documento de origen .

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