NIC 38 · Activos intangibles

Párrafo 72 Medición posterior al reconocimiento

La entidad elegirá como política contable entre el modelo del costo del párrafo 74 o el modelo de revaluación del párrafo 75. Si un activo intangible se contabiliza según el modelo de revaluación, todos los demás activos pertenecientes a la misma clase también se contabilizarán utilizando el mismo modelo, a menos que no exista un mercado activo para esa clase de activos.

Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 72. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 302 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Medición posterior al reconocimiento»

Toda la NIC 38 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.