NIC 37 · Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes
Párrafo 68 Contratos de carácter oneroso
En esta Norma se define un contrato de carácter oneroso como aquel en el que los costos inevitables de cumplir con las obligaciones que conlleva, exceden a los beneficios económicos que se esperan recibir del mismo. Los costos inevitables del contrato reflejarán los menores costos netos por resolver el mismo, o lo que es igual, el importe menor entre el costo de cumplir sus cláusulas y la cuantía de las compensaciones o multas que se deriven de su incumplimiento.
Norma Internacional de Contabilidad 37, párrafo 68. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 289 del documento de origen .