NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos

Párrafo 126 Información a revelar

La entidad revelará, para cada clase de activos, la siguiente información: (a) El importe de las pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el resultado del periodo, así como la partida o partidas del estado del resultado integral en las que tales pérdidas por deterioro del valor estén incluidas. (b) El importe de las reversiones de pérdidas por deterioro del valor reconocidas en el resultado del periodo, así como la partida o partidas del estado del resultado integral en que tales reversiones estén incluidas. (c) El importe de las pérdidas por deterioro del valor de activos revaluados reconocidas directamente en otro resultado integral durante el periodo. (d) El importe de las reversiones de pérdidas por deterioro del valor de activos revaluados reconocido en otro resultado integral durante el período.

Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 126. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 271 del documento de origen .

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