NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos

Párrafo 117 Reversión de la pérdida por deterioro del valor de un activo individual

El importe en libros de un activo, distinto de la plusvalía, incrementado tras la reversión de una pérdida por deterioro del valor, no excederá al importe en libros que podría haberse obtenido (neto de amortización o depreciación) si no se hubiese reconocido una pérdida por deterioro del valor para dicho activo en periodos anteriores.

Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 117. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 270 del documento de origen .

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