NIC 34 · Información Financiera Intermedia
Párrafo 10 Forma y contenido de los estados financieros intermedios
Si la entidad publica un conjunto de estados financieros condensados en su información financiera intermedia, tales estados condensados deberán contener, como mínimo, cada uno de los grandes grupos de partidas y subtotales que hayan sido incluidos en los estados financieros anuales más recientes, así como las notas explicativas seleccionadas que se exigen en esta Norma. Deben incluirse partidas o notas adicionales siempre que su omisión pueda llevar a que los estados financieros intermedios sean mal interpretados.
Norma Internacional de Contabilidad 34, párrafo 10. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 246 del documento de origen .